CES trabaja para equiparar el sistema con los cambios a la Reglamentación Térmica 

A través de especialistas del Comité Directivo, las Entidades Evaluadores y Asesores CES, se inició el trabajo que le permitirá adecuar los requerimientos a la actualización de la Reglamentación Térmica, que será obligatoria a partir del próximo año.

La actualización de la Reglamentación Térmica ha traído una serie de modificaciones en distintos ámbitos. De hecho, el equipo de Certificación Edificio Sustentable ya trabaja en un Comité Técnico que “responde a la necesidad de revisar, evaluar e incorporar los impactos que tiene la actualización de la ordenanza en los aspectos de la reglamentación térmica, que incluye un alcance para edificios de uso educación, salud y hoteles”, según cuenta Hernán Madrid, jefe de CES.

A esta instancia están convocados actores de distintas instituciones relevantes. Por ejemplo, desde el Comité Directivo CES, han estado participando la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, el Colegio de Arquitectos, y desde los Comités Consultivos, los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Social y el ChileGBC más la Dirección de Aeropuertos del MOP, representantes de las Entidades Evaluadoras activas y asesores CES. 

“Hemos tenido entre 20 y 25 participantes en cada sesión y prevemos que este comité será acotado en su desarrollo, porque tiene que abordar aspectos específicos, y una vez que se cubra eso, el Comité termina su función al entregar los lineamientos y los ajustes de los requerimientos que tendremos en virtud de la Ordenanza de Urbanismo y Construcciones (OGUC) que entra en vigor el próximo año”, comenta Madrid.

Así, se han detectado diferencias en puntos como la zonificación térmica, el requerimiento mínimo para la envolvente, ventilaciones, condensación e infiltración de aire, elementos que requieren ser ajustados dentro del modelo de certificación, para que esté en sintonía con la nueva reglamentación térmica que se incluye en la OGUC.

“Dentro de los objetivos principales ha sido poder acordar con el comité técnico qué haremos con respecto a un primer punto que es la zonificación térmica y/o climática que usamos actualmente en CES. Un segundo punto es respecto a los requerimientos mínimos de la envolvente, que será una exigencia sólo para salud, educación y hoteles, y si eso es o no extensible a otros usos de edificios que se están actualmente certificando. Un tercer punto es las condiciones de ventilación que se incorporan, un cuarto punto está asociado a las condiciones de evaluación de condensación y un quinto punto está relacionado con infiltración de aire, que será uno de los cambios más importantes del sistema de certificación para adecuarse a lo que exigirá la ordenanza”, explica el ingeniero.

Hasta el momento, el Comité ha tenido cinco sesiones, y los principales acuerdos han sido: primero, respecto a la zonificación térmica versus climática, con el acuerdo de cambiar el uso de todos los sistemas de certificación de las actuales zonas climáticas a las zonas térmicas. “Esto es un acuerdo preliminar, porque Ministerio de Obras Públicas pidió la opción de presentar algún estudio adicional que permita reevaluar la consideración de las zonas climáticas, pero en principio el acuerdo es que lo cambien a las zonas térmicas”, añade Madrid.

Y un segundo acuerdo tiene que ver con el requerimiento mínimo obligatorio que la Ordenanza establece para la envolvente de los edificios, que aplica únicamente a salud, educación y hoteles. “En ese sentido, el acuerdo ha sido que hagamos extensivos los requerimientos a todos los usos de edificios, considerando que, por supuesto salud, educación y hoteles es obligatorio, y para los otros usos que no es obligatorio, la exigencia se transforme en que usemos esos valores de referencia para el modelo de simulación dinámica de demanda, consumo de energía y también confort térmico pasivo, y el requerimiento obligatorio sea una pequeña reducción respecto a ese modelo con esas condiciones, y la estructura del requerimiento que se mantenga igual a la que tenemos hasta al día de hoy. Esos niveles, vamos a tener que ajustarlos y, probablemente, tengamos que hacer un estudio para definirlos”, comenta el jefe de CES.

En términos de condensación, el acuerdo fue en que ésta será la mínima reglamentaria para salud, educación y hoteles, que solicitará la Ordenanza, pero también hacerlo extensible para cualquier tipo de edificio que tenga aislación por el interior y para el caso de uso deportes y, particularmente, en el caso de las piscinas temperadas. 

De esta manera, se espera que este comité técnico finalice a más tardar en enero de 2025.

Actualización de la Ordenanza y CES

Por Hernán Madrid, jefe de CES

Luego de la alegría por la recientemente actualización del artículo 4.1.10 de la Reglamentación Térmica de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), es necesario dimensionar los puntos que requerirán ajustes a los requerimientos de CES.

Evidentemente que el foco principal de la actualización es viviendas, pero también se incorporan requisitos para edificios de uso Educación, Salud y Hoteles. Muchos de los proyectos en los que ya se ha convertido en un estándar incorporar CES, como Jardines Infantiles, Escuelas, Colegios, Liceos y Edificios Educación Superior en el caso de uso educación, y Centros médicos, CESFAM, Hospitales y Clínicas, para uso salud.

Dentro de los puntos que será necesario profundizar el análisis, en atención a posibles modificaciones que necesiten los requerimientos CES, se encuentran:

  1. Sincronía entre la zonificación térmica y zonificación climática, ambas de la NCh1079.
  2. Requerimientos para envolvente térmica mínimos y su relación con el caso de referencia de CES.
  3. Requerimientos de infiltración de aire.

En general, hay una correlación bastante buena entre las zonas térmicas y climáticas, con excepción de algunas zonas pobladas, relevantes pero puntuales, como por ejemplo La Serena- Coquimbo. Será necesario evaluar los ajustes que requiere CES para abordar adecuadamente estas diferencias.

Respecto al segundo punto, envolvente térmica, la actualización de la versión CES Edificios de Uso público v1.1 incluyó, entre varios aspectos, un ajuste en los estándares mínimos para el caso de referencia. Debido a que nuestra actualización se produjo hace casi dos años, sin tener completamente a la vista los nuevos requisitos del 4.1.10 de la OGUC, los requerimientos asociados de la v1.1 se encuentran en el mismo orden de magnitud, pero en algunas zonas presentan leves diferencias. 

Un ejemplo es lo que se muestra en la siguiente tabla, que para el caso de muros presenta algunas diferencias en todas las zonas climáticas (respecto de las térmicas de la OGUC):

En el último punto, infiltración de aire, el esquema de certificación CES ha abordado hasta el momento el tema como requerimiento voluntario, con el ensayo de infiltración de aire (blower door test). Con la actualización del 4.1.10 de la OGUC el escenario cambia, ya que se vuelve una exigencia reglamentaria realizar la prueba y, por lo tanto, debería pasar a ser un requerimiento obligatorio en CES, dejando espacio para el requerimiento voluntario cumplimientos por sobre el mínimo.

Todos estos temas los comenzaremos a revisar en un Comité Técnico especifico al que pronto convocaremos, pero siempre es una buena noticia tener que ajustar los requerimientos voluntarios porque los mínimos reglamentarios avanzan, es el espíritu de la certificaciones y su relación con los reglamentos.